Desde este miércoles 13 de agosto en Panamá comenzó a aplicarse la Resolución N° 146 del 30 de enero de 2025 que prohíbe el uso, la venta a los menores de edad, la publicidad, promoción, patrocinio y propaganda de los sistemas de administración o no de nicotina, mejor conocidos como cigarrillos electrónicos y similares con o sin nicotina, consumibles, depósitos o cartuchos, envases de consumibles de recarga y demás accesorios, Productos de Tabaco Calentado Convencionales (PTC Convencionales) y de Nicotina Oral (PNO), entre otros, y dicta otras disposiciones.
La norma prohíbe que estos productos estén a la vista en las tiendas, impide su uso en lugares cerrados donde no se puede fumar, prohíbe su venta a menores de edad y elimina toda publicidad o promoción. Quienes no cumplan, enfrentarán multas, decomisos y hasta cierre de locales.
El Ministerio de Salud busca cuidar especialmente a los niños, niñas y adolescentes, evitando que estos productos dañinos se vuelvan parte de su vida.
El llamado es claro: Proteger la salud de todos y evitar que las nuevas generaciones se enganchen con la nicotina.
El MINSA llama a comerciantes y ciudadanía a cumplir esta normativa para garantizar ambientes saludables libres de humo y vapeo.

A continuación puede encontrar la resolución completa : https://www.minsa.gob.pa/sites/default/files/normatividad/resolucion_no_146_de_31_de_enero_de_2025_-_prohibe_uso_venta_y_otros_a_menores_de_edad_de_cigarrillos_electrnicos.pdf
¡Por un Panamá libre sin Humo y Vapeo!
Con Salud y Bienestar